Proyecto: El Concejo aprobó en grande el Reglamento Interno del Cementerio General. La próxima semana retomará el debate.
Los paceños podrán decidir en vida si sus huesos podrán ser utilizados en investigaciones y formación en alguna universidad, según el proyecto de Reglamento Interno del Cementerio General, que es tratado por el Concejo Municipal de La Paz. La norma propone regular este tipo de donaciones para evitar la venta ilegal de restos óseos.
El documento estipula que toda persona puede decidir, en vida, donar sus huesos, aunque éstos no podrán ser entregados a favor del beneficiario antes de los cinco años de la inhumación. “La donación a través de un documento público sólo será permitida a universidades y/o colegios, pero no así a personas individuales o estudiantes”.
El proyecto consta de 115 artículos en los que se explica que el objetivo es eliminar el negociado que hacen las funerarias con los nichos y rebajar la permanencia de cuerpos en el Cementerio de ocho a cinco años.
“El proyecto fue aprobado en grande y, en detalle, falta aprobar una treintena de artículos que tienen que ver con la donación de los restos óseos, el tiempo de permanencia en el Cementerio y otros detalles. La próxima semana se retomará el debate”, dijo a La Prensa el concejal del Movimiento al Socialismo (MAS) Jorge Silva.
“Las donaciones procederán únicamente con propósitos académicos mediante convenios base suscritos entre la administración del Cementerio General y las universidades”, señala el artículo 98, referido al proceso de donación de restos humanos áridos olvidados, en la propuesta que fue enviada por la Alcaldía.
Más adelante se precisa que la entrega de restos procederá una sola vez por cada solicitante, con la finalidad de prevenir actos de comercialización, y sólo cuando se pueda comprobar su destino para fines científicos o de estudio, y se cumpla los requisitos que deben cumplir las instituciones que quieran ser beneficiadas. “Este servicio deberá mantener en completa reserva el nombre o cualquier dato del resto sujeto a donación”.
El documento también valora el componente cultural y patrimonial del Cementerio General, por lo que se delega a la Dirección de Patrimonio Cultural asumir las acciones para la recuperación de mausoleos de notables y beneméritos, y efectuar el mantenimiento de la infraestructura y su resguardo.
Para destacar
La Administración del Cementerio debe realizar el registro de sitios con estructura patrimoniales o históricas.
Patrimonio tangible, son los mausoleos, sarcófagos y esculturas notables de cualquier corriente estilística .
Artículo 18: “No se autorizará la internación de restos óseos o cenizas del exterior o interior en nichos temporales”.
Artículo19: “No se aceptará la inhumación, traslado y cremación de cuerpos frescos, restos óseos o cenizas de N.N.”.
Fuente La Prensa
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