La Fiscalía anuncia que ahora gestionará la extradición de Sánchez de Lozada y de sus otros 9 colaboradores.
Roberto Claros, ex comandante de las FFAA, y Juan Véliz, ex comandante del Ejército, recibieron 15 años de cárcel. El general Oswaldo Quiroga y el almirante Luis Aranda recibieron 11 años. El general Gonzalo Rocabado, diez años de condena penal.
Histórico. Ex autoridades del alto mando militar y ex ministros de Estado fueron declarados autores mediatos y cómplices por el delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, en el marco del juicio por octubre 2003. Con penas de entre tres y 15 años, se trata de la culminación de un proceso que se extendió por más de dos años en los estrados judiciales. Coincidiendo con el plazo otorgado por los familiares y las víctimas para que las autoridades judiciales condenen a los acusados por los vejámenes y muertes durante la guerra del gas en El Alto en octubre de 2003, el tribunal de sentencia dictaminó reclusión en la cárcel de San Roque de Sucre para las ex autoridades implicadas en el caso.
Ayer, luego de instalada la sesión, al promediar las 13:00, el tribunal dio lectura a la sentencia contra los siete acusados; cinco militares del ex mando militar que fungían como tales hasta antes del 17 de octubre de 2003 y dos ex ministros de Estado.
El presidente del tribunal del juicio de responsabilidades, Ángel Irusta, leyó el falló: declarar al general Roberto Claros Flores, ex comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, y al general Juan Veliz Herrera, ex comandante general del Ejército, autores mediatos del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, condenándoles a la pena de presidio de 15 años y seis meses a cada uno, condena que será computada para el primero del 30 de agosto de 2011 hasta el 2 de marzo del 2027, mientras que en el segundo la pena será computada desde la fecha de su detención preventiva, es decir el 2 de marzo de 2011, y correrá hasta el 2 de septiembre de 2026.
Se declaró al general José Osvaldo Quiroga Mendoza, ex comandante general de la Fuerza Aérea, y al almirante Luis Alberto Aranda Granados, ex comandante general de la Fuerza Naval, autores mediatos del delito de genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta, condenándoles a la pena de presidio de 11 años a cada uno, condena que será imputada a partir del 30 de agosto de 2011 hasta el 30 de agosto de 2022. En el caso del general Gonzalo Alberto Rocabado Mercado, ex comandante en jefe accidental de las Fuerzas Armadas, se lo declaró autor mediato del delito de genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta, recibiendo una condena de presidio de diez años, sentencia que se pone en vigencia a partir del 30 de agosto de 2011 hasta el 30 de agosto de 2021.
Irusta aclaró que se aplicó sentencia condenatoria en contra de los acusados, además de habilitarse el procedimiento especial para la reclamación de los daños y perjuicios que correspondan.
Es importante explicar además que durante la sesión se procedió a la lectura de la parte resolutiva de la sentencia, mientras que la lectura de los fundamentos de la misma está prevista para este viernes, en una audiencia pública a partir de las 14:30, para lo cual se citó a las partes. Se conoce que se trata de un folio de entre 1.000 y 1.500 páginas, por lo que se infiere que la lectura podría extenderse hasta la próxima semana.
Concluida la sesión, uno de los principales acusadores dentro del proceso, el fiscal general del Estado, Mario Uribe, expresó su satisdacción.
Fuente Página Siete
Roberto Claros, ex comandante de las FFAA, y Juan Véliz, ex comandante del Ejército, recibieron 15 años de cárcel. El general Oswaldo Quiroga y el almirante Luis Aranda recibieron 11 años. El general Gonzalo Rocabado, diez años de condena penal.
Histórico. Ex autoridades del alto mando militar y ex ministros de Estado fueron declarados autores mediatos y cómplices por el delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, en el marco del juicio por octubre 2003. Con penas de entre tres y 15 años, se trata de la culminación de un proceso que se extendió por más de dos años en los estrados judiciales. Coincidiendo con el plazo otorgado por los familiares y las víctimas para que las autoridades judiciales condenen a los acusados por los vejámenes y muertes durante la guerra del gas en El Alto en octubre de 2003, el tribunal de sentencia dictaminó reclusión en la cárcel de San Roque de Sucre para las ex autoridades implicadas en el caso.
Ayer, luego de instalada la sesión, al promediar las 13:00, el tribunal dio lectura a la sentencia contra los siete acusados; cinco militares del ex mando militar que fungían como tales hasta antes del 17 de octubre de 2003 y dos ex ministros de Estado.
El presidente del tribunal del juicio de responsabilidades, Ángel Irusta, leyó el falló: declarar al general Roberto Claros Flores, ex comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, y al general Juan Veliz Herrera, ex comandante general del Ejército, autores mediatos del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, condenándoles a la pena de presidio de 15 años y seis meses a cada uno, condena que será computada para el primero del 30 de agosto de 2011 hasta el 2 de marzo del 2027, mientras que en el segundo la pena será computada desde la fecha de su detención preventiva, es decir el 2 de marzo de 2011, y correrá hasta el 2 de septiembre de 2026.
Se declaró al general José Osvaldo Quiroga Mendoza, ex comandante general de la Fuerza Aérea, y al almirante Luis Alberto Aranda Granados, ex comandante general de la Fuerza Naval, autores mediatos del delito de genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta, condenándoles a la pena de presidio de 11 años a cada uno, condena que será imputada a partir del 30 de agosto de 2011 hasta el 30 de agosto de 2022. En el caso del general Gonzalo Alberto Rocabado Mercado, ex comandante en jefe accidental de las Fuerzas Armadas, se lo declaró autor mediato del delito de genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta, recibiendo una condena de presidio de diez años, sentencia que se pone en vigencia a partir del 30 de agosto de 2011 hasta el 30 de agosto de 2021.
Irusta aclaró que se aplicó sentencia condenatoria en contra de los acusados, además de habilitarse el procedimiento especial para la reclamación de los daños y perjuicios que correspondan.
Es importante explicar además que durante la sesión se procedió a la lectura de la parte resolutiva de la sentencia, mientras que la lectura de los fundamentos de la misma está prevista para este viernes, en una audiencia pública a partir de las 14:30, para lo cual se citó a las partes. Se conoce que se trata de un folio de entre 1.000 y 1.500 páginas, por lo que se infiere que la lectura podría extenderse hasta la próxima semana.
Concluida la sesión, uno de los principales acusadores dentro del proceso, el fiscal general del Estado, Mario Uribe, expresó su satisdacción.
Fuente Página Siete
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