Fumar en "recintos públicos, sean entidades públicas, con participación estatal o sociedades del Estado, abiertos o cerrados, educativos, de salud, deportivos, terminales de transporte y cualquier otro", es donde estará terminantemente prohibido según señala el inciso a) del sexto artículo (del consumidor) que contiene el proyecto de ley sobre "Regulación y control del expendio, venta, consumo, publicidad, promociones y patrocinio del tabaco y sus derivados" que esta semana entrará en plenario, indicó el concejal Juan José Castedo y que centros de salud aplauden esta iniciativa ya "fumar no beneficia a nadie", indicó René Cabrera, médico del Hospital Oncológico.
Acción sin beneficio. Entre las consecuencias de fumar dentro o cerca de un centro de salud, Cabrera explicó que "el humo del cigarrillo puede afectar a muchos pacientes dependiendo de la enfermedad, como a los inmunodeprimidos o con patologías cardiacas o pulmonar, que estos serían los más afectados. En el caso que el fumatérico esté en una ambiente abierto, tendría que estar más allá de los 50 metros porque el humo podría llegar a los enfermos sin que ellos se den cuenta. Por esta razón, el profesional recalcó que el proyecto es muy beneficioso y espera que sea promulgado.
Sanción. Castedo aclaró que si el consumidor es funcionario de dichos establecimientos señalados, "le llegará una llamada de atención, luego sanciones que pronto se reglamentarán".
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